Trabajo · Baja médica

La baja por enfermedad.
Tus derechos, sin letra pequeña

Estás de baja y tienes miedo de perder el trabajo. Temes no llegar a fin de mes. Esta guía responde las tres preguntas que todos hacen: cuánto cobro, cuánto dura y si me pueden echar.

Respuesta directa

Durante la baja por enfermedad común cobras el 60% de la base reguladora del día 4 al 20, y el 75% desde el día 21 (el convenio puede mejorar esto desde el día 1). La duración máxima es 365 días prorrogables 180 más (hasta 545 días). Despedirte mientras estás de baja puede ser nulo si la empresa lo hace por causa de tu enfermedad (Ley 15/2022).


¿Cuánto cobro de baja? Los porcentajes exactos

Período Enfermedad común Accidente laboral / Enf. profesional
Día 1–3 0% (empresa puede completar si hay convenio; sin prestación legal) 0%
Día 4–15 60% base reguladora (a cargo empresa) 75% (a cargo mutua desde día 1)
Día 16–20 60% base reguladora (a cargo mutua / INSS) 75%
Desde día 21 75% base reguladora 75%
La base reguladora se calcula dividiendo la última cotización mensual entre 30. Los convenios colectivos suelen mejorar estos porcentajes complementando hasta el 100% del salario, especialmente para accidentes laborales.

El sistema de partes médicos desde 2023

Cambio normativo · Abril 2023

Desde el 1 de abril de 2023, el médico ya no entrega el parte en papel al trabajador para que lo lleve a la empresa. El INSS comunica electrónicamente a la empresa los partes de baja y alta a través del sistema RED.

El trabajador solo tiene la obligación de comunicar a su empresa que está de baja (por cualquier medio: WhatsApp, email, llamada). Desde diciembre de 2025, el INSS implementa mejoras adicionales en la gestión de la base reguladora (Boletín RED 11/2025).


¿Cuánto dura la baja?

  1. Hasta 365 días (12 meses)

    Gestión habitual con revisiones periódicas del médico de cabecera o especialista.

  2. Prórroga de 180 días (hasta 545 días en total)

    Si se prevé recuperación. El INSS puede revisar y dar el alta antes de agotar este plazo.

  3. Hasta 730 días

    El INSS puede prolongar hasta 2 años si el proceso es complejo y existe perspectiva razonable de curación.

  4. Pasados 545 / 730 días → Incapacidad Permanente

    El INSS inicia expediente de IP. Grados: IP parcial (solo reduce el rendimiento), IP total (no puede hacer su trabajo habitual), IP absoluta (no puede hacer ningún trabajo), Gran Invalidez (necesita asistencia de otra persona).


¿Puede la empresa despedirte durante la baja?


Obligaciones del trabajador durante la baja

Lo que debes hacer ✓ Lo que NO puedes hacer ✗
Comunicar la baja al empleador (por cualquier medio) Trabajar para otro empleador durante la baja (salvo pluriactividad previamente declarada)
Acudir a revisiones médicas citadas Realizar actividades incompatibles con tu patología
Seguir el tratamiento prescrito Rechazar sin causa justificada el tratamiento prescrito por el INSS/mutua (puede provocar alta forzosa)
Atender convocatorias del INSS / mutua Abandonar el tratamiento o revisiones sin comunicarlo
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¿Estás de baja y te han despedido o amenazado con ello?

Si el motivo real del despido es tu enfermedad, la ley lo considera nulo. Cuéntanos cuándo iniciaste la baja, qué tipo de baja tienes y en qué circunstancias te comunicaron el despido.

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