01 ¿A qué edad me jubilo en 2026?
La edad ordinaria de jubilación en 2026 funciona con un sistema dual: hay dos edades posibles según los años que hayas cotizado a la Seguridad Social a lo largo de tu vida laboral.
| Tu situación | Años cotizados | Edad en 2026 |
|---|---|---|
| Carrera larga ✅ | 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Carrera media o corta | Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses |
El camino hasta los 67: dónde estamos
El retraso de la edad ordinaria es consecuencia de la reforma aprobada en 2011 (Ley 27/2011), que estableció un calendario gradual desde los 65 años hasta los 67. Estamos en el penúltimo escalón:
¿Cuánto cobra quien se jubila con lo mínimo?
Con solo 15 años cotizados (el mínimo exigido) solo accedes al 50% de la base reguladora. El porcentaje sube progresivamente cuantos más años acreditas:
| Años cotizados | % de la base reguladora |
|---|---|
| 15 años (mínimo) | 50,00 % |
| 16 años | 52,20 % |
| 18 años | 57,56 % |
| 20 años | 62,36 % |
| 25 años | 72,11 % |
| 35 años (aprox.) | ~95 % |
| 38 años y 3 meses o más | 100 % (pensión completa) |
02 La gran novedad: el nuevo cálculo de tu pensión
Este es el cambio de mayor impacto en 2026 y el que más dinero puede suponer para muchos jubilados: la forma de calcular la base reguladora (el sueldo promedio de referencia sobre el que se aplica tu porcentaje de pensión).
¿Qué había antes y qué hay ahora?
- Se suman los últimos 25 años de cotización (300 meses)
- Se divide entre 350
- No se puede elegir cuáles: son siempre los más recientes
- Si tuviste años de baja o paro en los últimos 25, bajan tu media
- En 2026: las 302 mejores bases dentro de los últimos 304 meses (~25,3 años)
- Se divide entre 352,33
- Excluye automáticamente tus peores meses de cotización
- Se amplía progresivamente hasta 27 años dentro de los últimos 29 (en 2037)
Cómo irá evolucionando el nuevo método hasta 2044
| Año | Mejores bases tomadas | Período de referencia | Divisor |
|---|---|---|---|
| 2026 | 302 meses | 304 meses | 352,33 |
| 2027 | 304 meses | 308 meses | 354,33 |
| 2028 | 306 meses | 312 meses | 356,33 |
| 2029 | 308 meses | 316 meses | 359,33 |
| 2037 | 324 meses (27 años) | 348 meses (29 años) | ~374 |
| 2044 en adelante | 324 meses (único método) | 348 meses | ~374 |
Base máxima de cotización en 2026
El tope mensual de cotización en 2026 se fija en 5.101,20 €/mes (61.214,40 €/año), un 3,9% más que en 2025. Este límite es relevante porque por encima de él entran en juego las nuevas cotizaciones de solidaridad que se explican más adelante.
03 Jubilación anticipada: ¿desde qué edad?
Si no quieres o no puedes esperar hasta la edad ordinaria, existen dos vías de jubilación anticipada. La diferencia fundamental es si fue tu decisión dejar de trabajar o si fue una causa ajena (despido, cierre de empresa…).
Voluntaria: tú decides jubilarte antes
| Condición | Edad mínima 2026 |
|---|---|
| Cotizados menos de 38 años y 3 meses | 64 años y 10 meses |
| Cotizados 38 años y 3 meses o más | 63 años |
Requisitos comunes: mínimo 35 años cotizados y aceptar una penalización permanente sobre la pensión.
Forzosa o involuntaria: te obligan a cesar
Si el cese fue por despido objetivo, ERE/ERTE, extinción de contrato temporal, fallecimiento del empresario u otras causas legalmente previstas:
| Condición | Edad mínima 2026 |
|---|---|
| Cotizados menos de 38 años y 3 meses | 62 años y 10 meses |
| Cotizados 38 años y 3 meses o más | 61 años |
Requisitos: mínimo 33 años cotizados y aceptar coeficientes reductores (más suaves que en la voluntaria).
Los coeficientes reductores: cuánto pierde tu pensión
Jubilarse antes implica una penalización permanente sobre la cuantía. Los porcentajes dependen de cuántos meses te adelantas y de cuánto has cotizado en total. Esta es la tabla para la jubilación voluntaria:
| Meses de adelanto | < 38,5 años cotiz. | 38,5–41,5 años | 41,5–44,5 años | ≥ 44,5 años |
|---|---|---|---|---|
| 24 meses (máximo) | 21,00 % | 19,00 % | 17,00 % | 13,00 % |
| 18 meses | 8,80 % | 8,40 % | 8,00 % | 7,60 % |
| 12 meses | 5,50 % | 5,25 % | 5,00 % | 4,75 % |
| 6 meses | 3,50 % | 3,25 % | 3,00 % | 2,75 % |
Jubilación parcial con contrato de relevo
Permite reducir tu jornada entre un 25% y un 50% (hasta el 75% si el relevo es indefinido y a jornada completa) y cobrar la pensión de forma proporcional mientras sigues trabajando. En 2026:
- Edad mínima: 63 años y 10 meses (con <38a 3m cotizados) o 62 años (con ≥38a 3m)
- Cotización mínima: 33 años (o 25 si tienes discapacidad ≥ 33%)
- Antigüedad en la empresa: mínimo 6 años
04 Jubilación anticipada por discapacidad: novedad 2026
En 2026 se amplió significativamente el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad. La Seguridad Social añadió 11 nuevas patologías al listado del Real Decreto 1851/2009, lo que permite que aproximadamente 50.000 personas adicionales puedan jubilarse desde los 56 años sin ninguna penalización.
| Grado de discapacidad | ¿Desde qué edad? | ¿Hay penalización? | Requisitos |
|---|---|---|---|
| ≥ 45 % con patología del listado oficial | Desde los 56 años | Sin penalización | Mín. 5 años cotizados desde el diagnóstico; patología en el listado taxativo (incluidas 11 nuevas de 2026) |
| ≥ 65 % | Se descuenta 1 año por cada 4 trabajados con esa discapacidad (mín. 52 años) | Sin penalización | 15 años cotizados en total |
| ≥ 65 % + situación de dependencia | Se descuenta 2 años por cada 4 trabajados con esa discapacidad (mín. 52 años) | Sin penalización | 15 años cotizados en total |
05 Jubilación demorada: te pagan por seguir trabajando
Si decides jubilarte más tarde de la edad ordinaria, la Seguridad Social te recompensa económicamente. Las condiciones vigentes en 2026 (mejoradas por el RDL 11/2024) son las más favorables de la historia del sistema.
Las tres opciones de incentivo
-
Opción 1: Porcentaje adicional permanente Por cada año completo de demora: +4% de por vida sobre tu pensión (primer año). A partir del segundo: +2% por cada 6 meses trabajados. Sin límite máximo de años. Es la opción más rentable si tienes buena salud y expectativa de vida larga.
-
Opción 2: Pago único al jubilarte Recibes un capital de una sola vez al acceder a la pensión (entre 5.000 y 12.000 € aprox. según los años de demora). No sube la cuantía mensual de por vida. Conveniente si necesitas dinero al inicio o si no puedes seguir trabajando.
-
Opción 3: Mixta (porcentaje + capital) Para demoras de 2 a 10 años: +2% anual más un pago único equivalente a la mitad del capital puro. Para demoras de 11 o más años: capital por los primeros 5 años de demora, más +4% anual por los restantes.
06 Jubilación activa: cobrar pensión y seguir trabajando
La jubilación activa permite percibir la pensión de jubilación al mismo tiempo que sigues trabajando. Desde abril de 2025 (RDL 11/2024) funciona con un sistema completamente nuevo que está en plena vigencia en 2026.
Los cambios más importantes respecto al sistema anterior
- Ya no hace falta haber cotizado al 100%: antes se exigía haber alcanzado la pensión completa; ahora con solo 15 años cotizados es suficiente para acceder
- El porcentaje cobrable crece con el tiempo: ya no es siempre el 50% fijo
- Bonus por actividad continua: cada 12 meses de trabajo ininterrumpido en jubilación activa suman un 5% más a tu pensión
¿Qué porcentaje de pensión cobras según cuándo te jubiles?
*El 80% aplica si eres autónomo con al menos un trabajador contratado.
Lo que sigue siendo incompatible
- Cargos y puestos en el sector público (salvo excepciones legales específicas)
- Acceder a la jubilación activa habiendo llegado por jubilación anticipada (debes haber cumplido la edad ordinaria)
- Las cotizaciones que haces mientras estás en jubilación activa no aumentan tu futura pensión
07 MEI y cuota de solidaridad: cuánto sube tu cotización
El MEI: la sobrecotización para el Fondo de Reserva
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es un porcentaje adicional que pagan todos los trabajadores y sus empresas sobre la base de cotización, con el único fin de engordar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social para cuando el baby boom se jubile masivamente.
| Año | Tipo total | Empresa | Trabajador |
|---|---|---|---|
| 2023 | 0,60 % | 0,50 % | 0,10 % |
| 2024 | 0,70 % | 0,58 % | 0,12 % |
| 2025 | 0,80 % | 0,67 % | 0,13 % |
| 2026 | 0,90 % | 0,75 % | 0,15 % |
| 2027 | 1,00 % | 0,83 % | 0,17 % |
| 2029–2050 | 1,20 % (tope) | 1,00 % | 0,20 % |
La cuota de solidaridad: solo para salarios altos
Creada por el RDL 2/2023 y reforzada en 2026, esta cotización adicional solo afecta a quienes cobran más de la base máxima (5.101,20 €/mes). No genera ningún derecho adicional de pensión: su fin es exclusivamente recaudatorio.
| Tramo de salario (sobre la base máxima) | Tipo 2025 | Tipo 2026 |
|---|---|---|
| Hasta el 10% por encima (hasta 5.611 €/mes) | 0,92 % | 1,15 % |
| Del 10% al 50% por encima (hasta 7.651 €/mes) | 1,00 % | 1,25 % |
| Más del 50% por encima (más de 7.651 €/mes) | 1,17 % | 1,46 % |
Esta cuota seguirá escalando cada año hasta llegar al 5,5%–7% en 2045.
08 Cuánto se cobra: cuantías en 2026
Revalorización general: +2,7%
Todas las pensiones contributivas de jubilación han subido un 2,7% en 2026, equivalente a la inflación media del período diciembre 2024 – noviembre 2025. Es el quinto año consecutivo con revalorización conforme al IPC, en cumplimiento de la Ley 20/2021. La subida supone unos 572 € anuales más para quien cobra la pensión media de jubilación.
Pensión máxima y mínimas
| Concepto | Mensual | Anual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Pensión máxima (cualquier jubilado) | 3.359,60 € | 47.034,40 € |
| Mínima con cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Mínima con cónyuge sin cargo | 888,70 € | 12.441,80 € |
| Mínima sin cónyuge (titular solo) | 936,20 € | 13.106,80 € |
| Mínima con cónyuge a cargo + gran incapacidad | 1.884,70 € | 26.385,80 € |
El complemento por reducción de la brecha de género
Los pensionistas con hijos —tanto mujeres como hombres— pueden cobrar un extra mensual por cada hijo que haya perjudicado su carrera laboral:
| Año | Importe por hijo/mes | Variación |
|---|---|---|
| 2024 | 33,20 € | +10 % |
| 2025 | 35,92 € | +8,2 % |
| 2026 | 36,90 € | +2,7 % |
Máximo: 4 hijos = hasta 147,60 €/mes adicionales. La cuantía media efectiva percibida es de 76,95 €/mes (la mayoría lo cobran por más de un hijo).
09 Horizonte 2027 y más allá
Lo que cambia definitivamente en 2027
| Parámetro | 2026 | 2027 (definitivo) |
|---|---|---|
| Edad ordinaria (cotiz. insuficiente) | 66 años y 10 meses | 67 años |
| Edad ordinaria (cotiz. larga) | 65 años | 65 años |
| Umbral de cotización para jubilarse a 65 | ≥ 38 años y 3 meses | ≥ 38 años y 6 meses |
| Jubilación anticipada voluntaria mínima | 64 años y 10 meses | 65 años |
| Jubilación anticipada forzosa mínima | 62 años y 10 meses | 63 años |
¿Subirá la edad de jubilación por encima de 67?
La reforma de 2011 establece 67 años como tope final y no prevé nuevos aumentos. A mayo de 2026 no existe ningún acuerdo político ni social para elevar la edad por encima de ese umbral. Sin embargo, la Comisión Europea ha recomendado en varias ocasiones vincular la edad a la esperanza de vida (como ya hacen Países Bajos, Dinamarca o Finlandia). España ha optado por otros mecanismos —MEI, cuota de solidaridad, nuevo cálculo de la base— sin dar ese paso por ahora.
El reto del gasto en pensiones
El gasto en pensiones contributivas superó los 189.598 millones de euros en 2025 (+6,2%). Las proyecciones de FEDEA y la AIReF apuntan a que podría alcanzar el 18% del PIB en 2050 si no hay reformas adicionales, impulsado por la jubilación masiva del baby boom. El MEI escalará hasta el 1,2% en 2029 y se mantendrá hasta 2050 para nutrir el Fondo de Reserva, pero los propios diseñadores del sistema reconocen que no será suficiente por sí solo.
10 Tus preguntas respondidas
¿Cuál es exactamente la edad de jubilación en 2026?
Depende de cuánto hayas cotizado. Si acreditas 38 años y 3 meses o más de cotización, puedes jubilarte a los 65 años. Si cotizaste menos, la edad ordinaria es 66 años y 10 meses. En 2027 esa segunda edad subirá definitivamente a los 67 años.
¿Cómo afecta el nuevo sistema de cálculo a mi pensión?
Desde enero de 2026, la Seguridad Social calculará tu pensión con dos métodos simultáneamente y te aplicará el más favorable. El método tradicional usa los últimos 25 años; el nuevo toma las 302 mejores bases dentro de los últimos 304 meses. Si tuviste años de paro, baja o jornada reducida en los últimos 25 años, el nuevo método puede subir tu pensión de forma notable. Si tus últimos años son los mejor pagados de tu vida, seguirá aplicándose el método tradicional.
¿Puedo jubilarme antes de los 65 años en 2026?
Sí, en determinados casos. La vía más accesible es la jubilación anticipada involuntaria (si te despidieron o tu empresa cerró): desde los 62 años y 10 meses con menos de 38 años y 3 meses cotizados, o desde los 61 años si superas ese umbral. Con 35 años cotizados y siendo tu decisión propia, la jubilación anticipada voluntaria arranca desde los 64 años y 10 meses. Ambas implican una penalización permanente sobre la cuantía.
Si tienes una discapacidad reconocida del 45% con patología del listado oficial, puedes jubilarte desde los 56 años sin ninguna penalización.
¿Me compensa demorar la jubilación más allá de los 67 años?
Depende de tu salud y expectativa de vida. Con la opción del porcentaje adicional, cada año extra de trabajo suma un 4% permanente de por vida a tu pensión. Si cobras 1.500 €/mes y demoras 3 años, recibirás 180 € más al mes para siempre (1.500 × 12% = 180 €). Si vives 20 años más tras jubilarte, eso son 43.200 € adicionales. La opción del pago único es más conveniente si prefieres liquidez inmediata o si tu salud es delicada.
¿Qué es el MEI y me afecta a mí como trabajador?
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una pequeña sobrecotización que pagan todos los trabajadores y sus empresas para engordar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. En 2026 el tipo total es del 0,90% de tu base de cotización. Como trabajador, asumes el 0,15%: con un salario de 2.000 €/mes, pagas exactamente 3 € más al mes. Tu empresa asume otros 15 €. Es una cifra pequeña individualmente pero que suma cientos de millones al año a escala nacional.
¿Puedo trabajar y cobrar la pensión al mismo tiempo?
Sí, a través de la jubilación activa, pero debes haber llegado a la edad ordinaria de jubilación (no por anticipada). El porcentaje de pensión que cobras varía según cuánto tiempo hayas demorado la jubilación respecto a la edad ordinaria: desde el 45% tras 1 año de demora hasta el 100% tras 5 o más años. Además, por cada 12 meses de actividad continua en jubilación activa tu pensión sube un 5% adicional.
Sigue siendo incompatible con puestos en el sector público y con cargos de alta dirección en la Administración.
¿Qué pasa con los años cotizados fuera de España (en la UE)?
Si has trabajado en otro país de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o Suiza, los períodos cotizados en esos países se pueden sumar a los españoles para cumplir los requisitos mínimos de acceso (los 15 años exigidos). Este mecanismo se llama totalización de períodos y está regulado por el Reglamento (CE) 883/2004. Sin embargo, cada país paga la parte proporcional que le corresponde según sus propias reglas; España solo paga la pensión calculada sobre las bases de cotización españolas.
¿Cuánto me quitan si me jubilo 2 años antes siendo autónomo?
Los autónomos siguen exactamente las mismas reglas que los trabajadores por cuenta ajena para la jubilación anticipada. Con 24 meses de adelanto y menos de 38,5 años cotizados, la penalización es del 21% de por vida sobre la cuantía de tu pensión. Si tu pensión teórica sería de 900 €/mes, cobrarías 711 €/mes el resto de tu vida (900 × 79% = 711 €). Hay una excepción favorable para quienes tendrían una pensión superior a la máxima (3.359,60 €): en ese caso el coeficiente aplicado sobre la pensión máxima se reduce al 9,10% en lugar del 21%.
11 Cuadro resumen: 2025 vs 2026
| Parámetro | 2025 | 2026 | Cambio |
|---|---|---|---|
| Edad ordinaria (cotiz. insuficiente) | 66 años y 8 meses | 66 años y 10 meses | +2 meses |
| Edad ordinaria (cotiz. larga ≥ umbral) | 65 años | 65 años | Sin cambio |
| Umbral de cotización para jubilarse a 65 | 38a y 3m | 38a y 3m | Sin cambio |
| Jubilación anticipada voluntaria mín. | 64a y 8m | 64a y 10m | +2 meses |
| Jubilación anticipada forzosa mín. | 62a y 8m | 62a y 10m | +2 meses |
| Cómputo base reguladora (nuevo método) | No existía | 302 mejores / 304 meses | Nuevo |
| MEI (sobrecotización) | 0,80 % | 0,90 % | +0,10 pp |
| Cuota de solidaridad (tramo 1) | 0,92 % | 1,15 % | +0,23 pp |
| Revalorización pensiones contributivas | 2,8 % | 2,7 % | -0,1 pp |
| Pensión máxima mensual | 3.267,56 €* | 3.359,60 € | +2,7 % |
| Complemento brecha de género (por hijo) | 35,92 € | 36,90 € | +2,7 % |
| Jubilación anticipada por discapacidad | Listado anterior | +11 nuevas patologías | Ampliación |
*Dato estimado para 2025. Fuentes: Seguridad Social, La Moncloa, BBVA, Instituto Santa Lucía, Garrigues, RTVE.
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