El mapa completo de las indemnizaciones por despido

No existe una única indemnización por despido. La cantidad que te corresponde depende del motivo por el que te echan, de si el despido es declarado procedente o improcedente, y de cuándo comenzaste a trabajar. Esta tabla recoge todos los supuestos.

Tipo de despido Días por año trabajado Límite máximo
Despido disciplinario procedente 0 días
Fin de contrato temporal desde 2015 12 díaspor año trabajado
Despido objetivo / ETOP procedente art. 53 ET 20 díaspor año trabajado 12 mensualidades
Despido improcedente post 12/02/2012 33 díaspor año trabajado 24 mensualidades
Despido improcedente pre 12/02/2012 45 díashasta 12/02/2012 + 33 desde esa fecha Máx. 42 mensualidades o 720 días
Despido nulo Readmisión+ salarios de tramitación No aplica cantidad fija

Los contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012

La reforma laboral de 2012 (RDL 3/2012) redujo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado. Sin embargo, los contratos que existían antes de esa fecha no perdieron lo acumulado: el legislador estableció un régimen transitorio de doble tramo que sigue vigente.

Régimen especial — Contratos anteriores al 12/02/2012

Ejemplo ilustrativo: trabajador con 20 años de antigüedad, 10 de ellos antes de 2012 y 10 después, con salario de 2.000 €/mes (salario diario = 2.000 × 12 / 365 = 65,75 €):

Tramo 1 (45 días × 10 años)

65,75 € × 45 × 10

29.589 € (no supera 42 meses = 84.000 €)
Tramo 2 (33 días × 10 años)

65,75 € × 33 × 10

21.698 €

Total indemnización: 51.287 € (muy por encima de los 720 días = 47.342 €, por lo que el límite conjunto no recorta)

La base de cálculo — el error que más dinero pierde

El error más habitual al calcular una indemnización es hacerlo sobre el salario base desnudo. La ley no permite eso. La indemnización debe calcularse sobre el salario regulador, un concepto más amplio que recoge todo lo que tiene naturaleza salarial según el art. 26 ET.

Atención — Qué incluye y qué no el salario regulador

Se incluye en la base de cálculo:

No se incluye:

Fórmula correcta del salario diario:

# Salario bruto anual completo = 12 nóminas + pagas extra + complementos fijos
salario_diario = salario_bruto_anual / 365
# Usar 365, nunca 12 × 30

Cómo calcular tu indemnización

El cálculo de la indemnización sigue siempre los mismos pasos. Aquí los tienes ordenados, con un ejemplo real que puedes replicar con tus propias cifras.

  1. 1
    Identifica el tipo de despido. ¿Es objetivo (causas económicas, técnicas, organizativas o productivas) o improcedente (el empresa no acredita la causa o elige indemnizarte en lugar de readmitirte)? El tipo determina si aplican 20 o 33 días.
  2. 2
    Calcula el salario bruto anual completo. Suma las 12 nóminas + las pagas extraordinarias (aunque se cobren prorrateadas) + todos los complementos salariales fijos. Excluye dietas y gastos.
  3. 3
    Divide entre 365. Nunca entre 360 ni entre 12 × 30. El divisor correcto son 365 días naturales. El resultado es tu salario diario a efectos de indemnización.
  4. 4
    Multiplica: salario diario × días aplicables (33 o 20) × años trabajados. Si tienes fracción de año, se prorratea por meses.
  5. 5
    Comprueba el límite. El resultado no puede superar 24 mensualidades (despido improcedente) ni 12 mensualidades (despido objetivo). Si lo supera, la indemnización queda capped en ese límite.
Ejemplo numérico completo

Trabajador con 7 años de antigüedad, contrato posterior a 2012, 22.000 € brutos/año (incluyendo pagas extraordinarias y complementos):

salario_diario = 22.000 / 365 = 60,27 €/día
Despido improcedente (33 días)

60,27 × 33 × 7 = 13.922 €

Límite: 24 meses × (22.000/12) = 44.000 €
No supera el límite

13.922 € indemnización
Despido objetivo (20 días)

60,27 × 20 × 7 = 8.438 €

Límite: 12 meses × (22.000/12) = 22.000 €
No supera el límite

8.438 € indemnización

La diferencia entre ambos escenarios: 5.484 € solo por el tipo de despido declarado.

El Tribunal Supremo cierra la puerta a las indemnizaciones adicionales

Jurisprudencia — STS Pleno Sala IV

En dos resoluciones del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo —diciembre de 2024 y julio de 2025— el alto tribunal ha confirmado por unanimidad que la indemnización tasada del art. 56 ET no puede ser incrementada judicialmente invocando el Convenio 158 de la OIT. La cantidad fijada por ley es la máxima que puede imponer el juez en caso de despido improcedente.

Esto es especialmente relevante porque hasta 2024 algunos juzgados de lo Social habían empezado a reconocer importes adicionales por encima de la indemnización legal, amparándose en el principio de reparación integral derivado del Convenio 158 OIT. El TS ha zanjado esa vía jurisprudencial.

Nota sobre posibles cambios futuros: El Gobierno ha abierto conversaciones con los interlocutores sociales para una eventual reforma del sistema indemnizatorio que podría modificar los módulos de 20 y 33 días. A fecha de publicación de este artículo, no existe propuesta legislativa concreta en tramitación parlamentaria.
Temas: #Indemnización33Días #Indemnización20Días #Art56ET #Art53ET #ReformaLaboral2012 #SalarioRegulador #CálculoIndemnización

¿Quieres calcular lo que te deben exactamente?

Cuéntanos el tipo de despido, cuándo empezaste a trabajar, si el contrato es anterior a 2012 y tu salario. En pocos minutos te orientamos sobre la cantidad exacta que puedes reclamar.

Calcular mi indemnización →