¿Qué es el convenio regulador y para qué sirve?

El convenio regulador es un negocio jurídico propio del derecho de familia mediante el cual los cónyuges plasman de forma estructurada los acuerdos personales, económicos y patrimoniales derivados de su separación o divorcio. Tiene naturaleza de contrato desde que se firma, pero necesita la aprobación judicial o notarial para adquirir fuerza ejecutiva.

Su base legal es el artículo 90 del Código Civil, que enumera el contenido mínimo obligatorio que debe tener para ser admitido. Un convenio que no cumpla este contenido mínimo será rechazado por el juez o el Ministerio Fiscal.

Contenido mínimo obligatorio (art. 90 CC)

Lo que no puede faltar en tu convenio

Cómo se redacta y valida el convenio

Proceso de redacción y homologación
  1. Negociación estratégica. Asistidos por vuestros abogados (o uno común), abordar todos los frentes. La Ley 1/2025 incentiva la mediación previa como paso muy recomendable.
  2. Redacción técnica. El letrado redacta el acuerdo con lenguaje claro y personalizado, alejándose de plantillas genéricas.
  3. Firma y presentación. Firmar físicamente el documento y anexarlo a la demanda de divorcio o presentarlo ante notario.
  4. Ratificación personal. Comparecer ante el juzgado o la notaría para declarar que la firma es vuestra y que la voluntad es firme.
  5. Control de legalidad. En juzgados, el Ministerio Fiscal examina el texto en beneficio de los menores. Si el informe es favorable, el juez lo homologa dándole fuerza ejecutiva.

La vivienda: el punto más conflictivo

La atribución del uso de la vivienda no altera la propiedad registral del inmueble. El convenio regula quién tiene derecho a vivir en ella, pero no transfiere la titularidad. Si la casa es de ambos, la obligación de pago de la hipoteca frente al banco sigue siendo solidaria al 50%, independientemente de quién use el inmueble.

📋 Jurisprudencia sobre vivienda en custodia compartida

El Tribunal Supremo avala pactos que limitan el uso de la vivienda por un periodo transitorio (dos o tres años) para facilitar la transición económica del progenitor más vulnerable. Transcurrido ese plazo, el propietario puede reclamar la recuperación del inmueble.

Errores que convierten el convenio en una trampa

⚠ Errores más costosos en la redacción del convenio

Los gastos extraordinarios: una fuente permanente de conflictos

Una de las cláusulas que más litigios genera es la de los gastos extraordinarios. El convenio debe establecer un listado tasado de qué gastos se consideran extraordinarios (ortodoncia, gafas graduadas, logopeda, clases de inglés) y el protocolo para recabar el consentimiento previo de la otra parte antes de realizarlos. Sin esta previsión, cada gasto imprevisto puede convertirse en un pleito.

📌 Ejemplo: cláusula de gastos extraordinarios bien redactada

«Se considerarán gastos extraordinarios aquellos imprevisibles y no periódicos, como tratamientos de ortodoncia, gafas graduadas, intervenciones quirúrgicas no cubiertas por la sanidad pública, viajes escolares de más de 3 días y clases de apoyo académico. Para su realización, el progenitor que lo proponga deberá comunicarlo por escrito al otro con al menos 7 días de antelación, salvo urgencia médica. El coste se sufragará al 50% por ambos progenitores.»

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